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Se presenta al ciudadano como un sujeto de derecho, el cual
está limitado por el derecho de los otros integrantes de la
comunidad y por el derecho del Estado. Se garantizan estos
derechos al ciudadano mediante la Constitución Política, la
cual establece tres derechos fundamentales: Libertades
(personal, de conciencia, de enseñanza), Igualdades (ante
la ley, justicia, ante los cargos públicos) e Inviolabilidades
(del hogar, de la propiedad y correspondencia), las cuales
son descritas extensamente. Sin embargo, los derechos
de los ciudadanos pueden verse restringidos por diversas
situaciones, como la declaración del Estado de Sitio,
cuando se entregan al Ejecutivo facultades extraordinarias
o cuando se establece Estado de Asamblea. El Estado se
presenta al servicio de la persona humana y, de esta forma,
tiende al bien común; ya que tiene la obligación de proteger
los derechos y la libertad de los individuos.
  De modo diferente se expone la ciudadanía en los libros
de texto de 1982: mientras en el texto escolar de 1970 la
ciudadanía abarcaba aproximadamente siete páginas, en
el libro de 1982 está contenida sólo en cinco párrafos. Si
bien el ciudadano se presenta como ‘alma de la patria’, éste
aparece como un actor inmóvil, el cual no participa en el
espacio político. Se define ciudadanía como el “conjunto
de condiciones que las leyes de un Estado establecen para
que las personas puedan ejercitar sus derechos y participar
en el gobierno de un país”, mediante el derecho de sufragio;
derecho que se anula por la pérdida de la nacionalidad,
condena a pena aflictiva y
por condena por delitos que la
ley califique como conducta terrorista
. Es común que la
definición de un concepto en los textos escolares de 1980
se realice vía negativa, aludiendo lo que no es: el buen
ciudadano es aquel que no califique como terrorista. La
condición de ciudadano implica sumisión a la soberanía del
Estado y obediencia a las leyes. Claramente se trata de la
difusión de una definición de ciudadano funcional al Estado,
un ciudadano distanciado del accionar del Gobierno,
acrítico y pasivo.
  Cabe destacar que si bien el texto de 1982 expone
que el ciudadano tiene derechos civiles y políticos, éstos
últimos no son presentados, se omiten. El segundo libro de
texto del año 1982 no presenta ningún contenido relativo a
ciudadanía, aún cuando éste contiene las modificaciones al
currículum y es promocionado por la Revista de Educación.
  El libro de texto del año 2000 ya no refuerza la
imagen del ciudadano modelo como aquél que no tenga
conductas terroristas, sino que esta imagen del antisocial
da paso a una descripción de los deberes que tiene cada
ciudadano: realizar el servicio militar, honrar y defender la
patria, y respetar los emblemas nacionales. El ciudadano se
comprende nuevamente como un sujeto activo, quien tiene
la posibilidad de contribuir al desarrollo político-institucional
del país mediante su participación en los gobiernos
locales, municipalidades o junta de vecinos. Se recuperan
contenidos que eran enseñados hacia fines del setenta, los
cuales pasan a ocupar una parte importante de las páginas
del texto escolar: los derechos ciudadanos, entendidos
como igualdad y libertad.
4.2.Sentido de nacionalidad
  El concepto de nación en el texto escolar del año 1970
está definido principalmente por el aporte de los grupos
indígenas y de los españolesque llegaronal territorio. El grupo
resultante de aquella mezcla son los chilenos, quienes tienen
en sus manos la tarea de dar forma a la nación: “agrupaciones
humanas forman sociedades políticas mayores llamadas
<<naciones>>, cuya organización jurídica es el Estado
(...) una nación está formada por una población que tiene
lenguaje, tradición, historia y costumbres comunes, además
de poseer un territorio bien definido, separado de otros
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