Las Reparaciones ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos - page 9

10
E
studio
I
ntroductorio
y (8) la responsabilidad por violaciones graves (
gross
) y sistemáticas de
derechos humanos y la obligación de reparar.
1. L
a
R
esponsabilidad
I
nternacional del
E
stado
en
el
D
erecho
I
nternacional
P
úblico
: A
spectos
G
enerales
Si seguimos los conceptos clásicos sobre la responsabilidad desarrolla-
dos por la doctrina
iusprivatista
podríamos situar a la responsabilidad
como uno de los pilares de la vida en comunidad. Tradicionalmente, la
responsabilidad ha sido definida a partir de los efectos que el ilícito trae
para el sujeto dañador: “[S]er responsables es soportar o sufrir las conse-
cuencias de un acto”
2
, lo que en términos más amplios se traduce en la
posición que toma el Derecho respecto del sujeto dañador, el que define
la responsabilidad:
“El Derecho aprehende la responsabilidad poniendo a cargo de una
persona o de un grupo de personas la obligación jurídica de hacer
frente a las consecuencias de una conducta”
3
.
Es decir, el acento
iusprivatista
está puesto en el sujeto dañador y no en
la víctima, a partir de lo cual se elabora la doctrina completa sobre la res-
ponsabilidad civil en el derecho privado. Esta tesis privatista fundamenta
la responsabilidad poniendo frente a frente la obligación con la respon-
sabilidad. De allí que se haya determinado su fundamento:
“en la idea según la cual toda relación normativa involucra en el campo
de los derechos y de las obligaciones a dos o más sujetos, activos o
pasivos, y se construye –para ser considerada como tal– a partir de la
idea de reciprocidad en los intercambios”
4
.
En consecuencia, la responsabilidad definida a partir de la obligación del
dañador respecto del hecho dañoso se fundamenta en la convivencia social
y en la consecuencia jurídica de la violación de una obligación anterior
establecida para el sujeto responsable.
El Derecho Internacional Público ha recogido el principio antes enunciado
y la propia Corte de La Haya ha señalado:
2
R. de Angel Y.,
Algunas previsiones sobre el futuro de la responsabilidad civil (con especial atención a la
reparación del daño)
, Cuadernos Civitas, 1995, p
.
15.
3
Idem
.
4
A. Aguiar,
op. cit.
, nota 1, p. 13.
1,2,3,4,5,6,7,8 10,11,12,13,14,15,16,17,18,19,...489
Powered by FlippingBook