Derecho internacional de los derechos humanos en Chile - page 343

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CAPÍTULO III
JURISPRUDENCIA DE LA CORTE INTERAMERICANA DE
DERECHOS HUMANOS RELATIVA AL ESTADO DE CHILE
1.
Introducción
Considerando que ya hemos revisado nociones básicas sobre el sistema internacional
de derechos humanos y su debida aplicación en Chile en los capítulos precedentes, este
capítulo tiene por objeto introducir al lector al sistema interamericano de derechos hu-
manos. Con dicho fin, en una primera parte de este capítulo se explicarán brevemente los
fundamentos históricos de su creación y la forma en que actualmente funciona, dando
cuenta de cuáles son sus principales órganos y procedimientos. Luego de esta primera
parte introductoria, se contemplan resúmenes sistematizados de los cinco casos que la
Corte Interamericana de Derechos Humanos ha dictado en contra de nuestro país. Éstos
contienen una síntesis de los hechos del caso y mantienen los principales párrafos de
la sentencia con su numeración original, pero se han modificado los subtítulos de la
misma. Estas sentencias tienen por objeto dar a conocer la forma en que esta instancia
jurisdiccional razona y dar cuenta asimismo de las materias en las cuales Chile ha com-
prometido su responsabilidad internacional y los casos respecto de los cuales mantiene
obligaciones pendientes de ejecutar. Estos resúmenes pretenden no sólo ser un medio de
difusión de la jurisprudencia de la Corte IDH y de las responsabilidades internacionales
que tiene Chile ante el Sistema Interamericano, sino que también una eficaz herramienta
para ser utilizada en el ejercicio de la profesión por abogados y abogadas de nuestro país.
2.
El inicio del Sistema Interamericano de Derechos Humanos
Desde el siglo XIX en adelante, los Estados americanos se han organizado con el objetivo de
alcanzar ciertas metas comunes. En un principio esta organización se vinculó, más allá de
ciertas materias puntuales, principalmente con temas de defensa y materias de comercio.
Sin perjuicio de lo anterior, hubo un desarrollo progresivo de materias vinculadas a los
Derechos Humanos y, en particular, a institucionalizar los mecanismos de protección de
los derechos que se iban reconociendo en los instrumentos suscritos por los Estados
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En materia de derechos humanos, podemos destacar que en la Primera Conferencia, del año 1826,
a través del art. 27 del “Tratado de Unión, Liga y Confederación Perpetuas”, los Estados firmantes
asumieron el compromiso formal de terminar con la esclavitud en sus países y de castigar drásticamente
el tráfico de esclavos. Esta será la primera manifestación concreta de preocupación por parte de los
Estados participantes de un encuentro de carácter continental, por reconocer una libertad fundamental
del ser humano y disponer de los mecanismos necesarios para su vigencia y control. En la Octava
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