Una Universidad única : comprometida con Chile y su gente

En 1997, un intenso movimiento institucional estalló con el propó- sito de restaurar la autonomía y los principios de la autodeterminación universitaria. La acción a contracorriente de las tendencias neoliberales de la época, convocó a la comunidad a imaginar su futuro visualizando una nueva universidad pública en democracia, coherente con la voca- ción innovadora de la institución. Ese proceso que se inició a fines de los noventa, vio frutos años des- pués, el 10 de marzo del 2006. Ese día, la comunidad universitaria se co- menzó a regir por el nuevo Estatuto Universitario. La nueva normativa creó el Senado Universitario, colegiado compuesto por académicos, fun- cionarios y estudiantes, y el Consejo de Evaluación, entidad responsable de las políticas y procesos de evaluación de la institución y sus miembros. Ambas instancias se sumaron a los órganos de gobierno ya existentes en la Universidad, como la Rectoría, en tanto poder unipersonal, y el Consejo Universitario, órgano de decisión colectivo. El primer artículo del Estatuto condensa jurídicamente la misión y objetivos de la Universidad, en tanto “institución de educación supe- rior del Estado de carácter nacional y público, con personalidad jurí- dica, patrimonio propio, y plena autonomía académica, económica y administrativa, dedicada a la enseñanza superior, investigación, creación y extensión en las ciencias, las humanidades, las artes y las técnicas, al servicio del país en el contexto universal de la cultura”. Conforme a esta nueva reglamentación, los órganos superiores de la Universidad son las instancias encargadas de dirigir y gestionar, impulsando el desarrollo académico institu- cional y de sus miembros. El Rector, máxi- ma autoridad de la Universidad; el Consejo Universitario, que agrupa a las máximas au- toridades de facultades y a representantes del Presidente de la República; y el Sena- do Universitario, órgano de deliberación colectiva que representa a académicos, funcionarios y estudiantes, constituyen las estructuras de gobierno de la Universidad, cuyas funciones son normar y proyectar la institución, establecer las políticas genera- les, y con ello, procurar el cumplimiento de su misión y de su desarrollo coherente, transversal y de excelencia. Una de las particularidades de la estruc- tura de gobierno universitario es que, en materias críticas para la institución, el Es- tatuto establece la intervención de los tres órganos colegiados superiores y consagra un mecanismo para resolver las diferencias sustantivas entre esas instancias. GOBIERNO UNIVERSITARIO 46 Institucionalidad pionera Una Universidad Única Gobierno universitario

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